viernes, 3 de marzo de 2017

Subvención Cofradías

   Visto que el Excmo. Ayuntamiento pretende conceder subvenciones en el año 2017, para fomentar la realización de actividades con fines de interés municipal.

   Visto que el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva; y que el artículo 23 de la misma ley indica que, el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio mediante convocatoria. Visto que la Ordenanza Municipal General de Bases Reguladoras de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Elena (BOP nº 34 de 20 de febrero de 2017) contiene los mismos términos.

Visto que el artículo 11 de la Ordenanza Municipal de Bases Reguladoras de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Elena, dispone “ Concesión directa.

1. Las subvenciones podrán otorgarse directamente, no siendo preceptivas ni la concurrencia competitiva ni la publicidad, en los siguientes casos:
a) Cuando estén consignadas nominativamente en el Presupuesto general inicial de la Entidad Local o en modificaciones de créditos aprobadas posteriormente conforme a los requisitos establecidos en las BEP.
b) Cuando el otorgamiento o la cuantía vengan impuestos a la Administración por una norma de rango legal.

2. Con carácter general, la concesión directa se formalizará en un convenio.
En el convenio o en la resolución de concesión, según proceda, se expresarán claramente el beneficiario, la cuantía de la subvención, el objeto, el plazo y la forma de justificación.”

Visto que las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal, determinan “Se consigna en estas Bases de Ejecución las aportaciones a las COFRADIA EMPERATRIZ SANTA ELENA (1.000,00€) con destino a ejecución de Copia de Seguridad Réplica de Imagen en tres dimensiones  y HERMANDAD VIRGEN DE LOS DOLORES Y NUESTRO PADRE JESUS(700,00€) con destino a realización de actividad cultural y musical de conformidad con el artículo 11 de la Ordenanza Reguladora de Subvenciones, aprobada inicialmente en sesión plenaria de fecha 18 de noviembre del 2016”
Y en uso de las facultades que la ley me confiere, 
RESUELVO:
PRIMERO.- Conceder aportación/subvención a la COFRADIA EMPERATRIZ SANTA ELENA (1.000,00€) con destino a ejecución de Copia de Seguridad Réplica de Imagen en tres dimensiones.
SEGUNDO:  Deberá aportarse los justificantes de los gastos y pagos realizados al menos en la cuantía subvencionada.
TERCERO: Dese cuenta en sesión plenaria.

Santa Elena a 3 de marzo del 2017.

ALCALDE PRESIDENTE Ante mí la secretaria
Fdo Juan Caminero Bernal Fdo Ana Isabel Moreno García