viernes, 29 de septiembre de 2017

Listado Jardineria

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Vista la Resolución de Alcaldía de fecha 12 de Septiembre de 2017,  en la que se aprobaba la lista provisional y  definitiva de admitidos y excluidos conformidad con lo establecido en las   bases generales reguladoras de las bolsas de empleo del municipio de   Santa Elena, de los criterios selectivos a tener en cuenta para los contratos laborales de carácter temporal no cualificado en el excelentísimo ayuntamiento de Santa Elena  (Jaén), al amparo del plan especial de apoyo a municipios 2017 de la Diputación Provincial.
Visto que terminada el plazo de subsanación desde el día 13 al 26 de Septiembre de 2017, ambos inclusive.
 En virtud de las facultades que me confieren las disposiciones legales vigentes, y del artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local,

 RESUELVO:

PRIMERO. Aprobar de forma definitiva la siguiente relación de aspirantes una vez terminada la   baremación por la Comisión de Evaluación,  para la formación de la bolsa  de empleo por orden de puntuación obtenidas, correspondientes a la siguiente:

-      Bosa de empleo de JARDINERÍA,  siendo estos los siguientes:

DNI
INTERESADOS
Total PUNTOS
E
B  G, Marcelo
47,00
G
   N  J, Alonso
30,00
T
J R, Enrique
27,00
K
M R, ELENA
12,00
Y
J F, ANGEL
0,00
L
    F S,  RAFAEL
0,00
F
P F, JUAN ANTONIO
0,00
S
Q J, JUAN RAFAEL
0,00
V
M G, FRANCISCO LUIS
0,00
D
L M, DIEGO
0,00
D
S M, ANTONIO
0,00


SEGUNDO. Publicar en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, y en la página web del Ayuntamiento – www.santaelena.es-., la lista definitiva de los aspirantes de las bolsa de  Jardinería.

TERCERO. Formalizar el contrato de trabajo en la modalidad regulada por el  del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con una duración de doce días y en régimen de dedicación a tiempo Completo (JARDINERIA), conforme las necesidades del Ayuntamiento a los  aspirantes  que figura en las bolsas por orden de puntuación, y al  amparo del plan especial de apoyo a municipios 2017 de la Diputación Provincial.

CUARTO: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del mismo en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento o página WEB, ante el mismo órgano que dictó el acto, de conformidad con los artículos 123 y 124 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jaén, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del mismo , de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, D. Juan Caminero Bernal, en Santa Elena, a 29 de Septiembre de 2017; de lo que, como Secretario, doy fe. 


Fdo. Juan Caminero Bernal                               Fdo. Ana Isabel Moreno García